Hace mucho tiempo quería escribir más sobre este punto (traté sobre los cursos de ética en otra parte del blog), pero en vista del aviso del día de ayer publicado por la PUCP “Universidad Católica Denuncia Nefasto Precedente contra la Actividad Académica Universitaria”, respecto al fallo del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitario de la ANR relacionado con la sanción a dos estudiante de esa universidad por haber cometido plagio, se me dio por hacerlo ahora.
Antes se creía que en la enseñanza universitaria solo era una mera transmisión de conocimientos de los profesores a los alumnos. Ahora se sabe que la universidad debe formar al alumno de tal modo que este logre conseguir ciertas habilidades, destrezas, actitudes, conocimientos esenciales y valores éticos, necesarios para un buen ejercicio profesional del egresado.
La formación ética es vital en la vida universitaria y, para ello, es importante que el alumno tenga un ambiente donde sus profesores, autoridades y trabajadores practiquen la ética. No basta llevar un curso de ética y aprobarlo, para tener un comportamiento profesional ético.
En la educación química resulta inadmisible que un alumno altere los datos experimentales para que el resultado “le salga mejor”. Si obtuvo un compuesto rojo y la literatura dice que debe ser verde, uno espera que el alumno ponga en su informe que obtuvo un compuesto rojo y que luego discuta esta discrepancia en el color. Si sus resultados indican que hay 50 ppm de plomo en el agua, pues no se espera que los cambie a 60 ppm, aún cuando al resto de compañeros tengan este último resultado.
Sobre el plagio la Universidad de Cambridge del Reino Unido pone lo siguiente:
The Golden Rule: The examiners must be in no doubt as to which parts
of your work are your own original work, and which are the rightful
property of someone else.
The Golden Rule: The examiners must be in no doubt as to which parts
of your work are your own original work, and which are the rightful
property of someone else.
En esa universidad y en otras el plagio puede dar lugar a la suspensión de los estudios universitarios del infractor, pero según parece para el citado Consejo de la ANR es una falta menor.
La Sociedad exige que los profesionales egresados de una institución no sólo tengan los conocimientos, habilidades y destrezas necesarias para el ejercicio profesional, sino que también que tengan una conducta ética. Por ello, las universidades deben asegurarse que los miembros de todo el estamento universitario sean, lo que se llama “éticos”.
Yo me acuerdo que hace unos años ciertos alumnos mintieron y lograron postergar un examen de química inorgánica. Al detectar la mentira llamé públicamente a esos alumnos y frente a sus compañeros les dije lo mal que se habían comportado. Luego los suspendí definitivamente del curso por mentir. Un químico durante su ejercicio profesional nunca puede alterar los datos ni menos mentir. Asegurarnos de que el futuro profesional sea ético depende de los profesores y de las autoridades universitarias.
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