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sábado, 5 de julio de 2008

Por fin se aprobó el reglamento de la Ley General para la prevención y control de los riesgos del consumo del tabaco

  • El día de hoy salió, por fin, en las normas legales del diario oficial El Peruano, el reglamento de la Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco DS 015-2008-SA.

  • El artículo primero señala " el presente dispositivo reglamenta la Ley Nº 28705 Ley General para la prevención y control de los riesgos del consumo del tabaco, a fin de proteger la salud de la persona, la familia y la comunidad contra las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo del tabaco y de la exposición al humo del tabaco. Asimismo, regula la comercialización de los productos del tabaco, asegura que su publicidad, promoción y comercialización esté dirigida sólo a las personas mayores edad; y establece los mecanismos de fiscalización y sanción administrativa."

  • Veamos algunos artículos. El quinto señala " está prohibido fumar en las áreas abiertas y cerradas de los establecimientos públicos y privados dedicados a la salud y a la educación, en las dependencias públicas, así como en los medios de transporte público." Eso está clarísimo.

  • Además, en el artículo sexto señala un área de fumadores para el caso de centros laborales privados, restaurantes, cafés, bares, hoteles, centros deportivos y centros de entretenimiento. Dicho área no será mayor del 20 % del área asignada a la atención del público. En estas áreas está prohibido el ingreso de menores de edad. Además se exige que estás áreas estén separadas físicamente y existan sistemas de ventilación y extracción.

  • Las inspecciones y mediciones del humo del tabaco en centros y establecimientos corre a cargo de la autortidad municipal. Encarga al Ministerio de Salud fijar los límites máximos permisibles.
  • En los otros artículos se reglamenta los carteles de prohibición de fumar, la vigilancia municipal y del Ministerio de Salud, el rotulado, las advertencias, entre otros. El documento completo pueden obtenerlo en el diario oficial El Peruano en la edición impresa y digital (ver http://www.elperuano.com.pe/ ) del sábado 5 de julio de 2008.

  • Es de resaltar las frases (las he copiado tal como están, a pesar de que hay varios errores, uno de ellas es que debería escribirse monóxido de carbono y no Monóxido de Carbono) que constituyen las advertencias sanitarias:

  • a. PELIGRO: el Monóxido de Carbono enferma el corazón y el alquitrán da cáncer.
  • b. PELIGRO: El humo del tabaco causa 55 diversas enfermedades, 17 son cánceres.
  • c. Fumar causa Impotencia Sexual.
  • d. Fumar ocasiona abortos.
  • e. Fumar produce Cáncer al Pulmón
  • f. El humo del tabaco produce asma.
  • g. El humo del tabaco daña tu bebe.
  • h. La nicotina es altamente adictiva.
  • i. Fumar causa infarto al corazón.
  • j. Fumar produce Cáncer de Boca.
  • k. Fumar causa infarto cerebral.

  • Se ha dicho repetidas veces que si la humanidad no hubiese conocido al tabaco desde antaño, con las actuales regulaciones en salud nunca se permitiría su consumo ya que causa un grave daño a la salud. Pero por cuestiones culturales y por el peso que tiene la industria tabacalera no se ha podido prohibir totalmente el consumo del tabaco.

  • En el Perú, seguramente, se habrán hechos estudios de riesgo del consumo del tabaco y se habrá llegado a la misma conclusión de otros países; que causa un grave daño a la salud de las personas, además de provocar muchas horas hombre pérdidas, problemas laborales, gran gasto en el sistema de salud y pérdidas económicas varias.

  • A los no fumadores que siempre velamos por un ambiente sano nos alegra esta nueva norma y exigiremos su pleno cumplimiento. Esperemos que el muestreo y la técnica analítica de medición de los contaminantes el humo del cigarro, que en este reglamento se deja a criterio de los municipios, sea la adecuada. Seguramente que el Colegio de Químicos del Perú, que cuenta con excelentes químicos analistas, brindará un gran apoyo científico y técnico a los municipios.

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